SUSPENDIERON EL SALARIO PRIMERO Y AVERIGUARON DESPUÉS

La significación de suspender salarios primero y averiguar después, es un hecho aberrante, perjudicial y condenable. Cuando a un docente activo, de reposo, incapacitado y con más de 25 años de servicio lo dejan sin su salario como está ocurriendo, no hay duda de que se está ante la presencia de violación de derechos laborales y de derechos humanos. Estas suspensiones salariales resultaron arbitrarias porque no obedecieron a principios dictados por la razón, la lógica o las leyes en medio de una situación política, económica, social y sanitaria (PANDEMIA) compleja.
En un afán de reducir la nómina para salir de aquellos que abandonaron por necesidad de subsistencia la función docente, se le pasó por encima al debido proceso y pagaron justos por supuestos pecadores. Un acto que contradice las declaraciones de la Ministra Yelitze Santaella semanas atrás, de que su gestión está recibiendo con los brazos abiertos a los docentes interesados en regresar a las aulas, lo cual en muchos caso no ha sido así.

Resulta relevante destacar una jurisprudencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en relación al debido proceso. «El derecho a la defensa y al debido proceso constituyen garantías inherentes a la persona humana y en consecuencia, aplicables a cualquier clase de procedimientos». Es que el máximo tribunal de la nación establece que: «Existe violación del derecho a la defensa cuando el interesado no conoce el procedimiento que pueda afectarlo; se le impide su participación o el ejercicio de sus derechos, o se le prohíbe realizar actividades probatorias». Para justificar el hecho de que miles de docentes quedaron injustamente sin su sustento, la máxima autoridad reaccionó por un lado negándolo y por otro, en zonas educativa como la de Carabobo se realizan tramites de reincorporación, no sin antes responsabilizar a los docentes, es decir, a las víctimas de no haber entregado a tiempo reposos cuando en muchos de los casos, no le quisieron recibir los justificativos y en otros, aun siendo recibidos, no se respetó la Ley Orgánica de Trabajo de que toda enfermedad justifica su inasistencia. Es que a las actuaciones viscerales que a título personal incurrieron algunos directores y supervisores, se le agrega la inoperancia del IPASME en el proceso de convalidación de reposos.

Lo ocurrido ameritaba la inmediata nulidad de la medida, a razón de que sin prueba alguna o con pruebas falsas, los salarios debían ser restituidos, pero al no restituirse inmediatamente el salario, a muchos docentes se le sigue causando daño y lo más perjudicial es que pasan los días sin cobrar, siendo varias las quincenas privadas del pago salarial, por estar acusado de presunto abandono del cargo, pese a que las probanzas que están presentando en sede administrativa algunos docentes demuestran lo contrario. La gravedad del asunto, es que la defensa como parte del debido proceso es un derecho inviolable y de carácter Supraconstitucional. Este derecho fue violado con intencionalidad cuando ni siquiera se cumplió con la debida notificación a los afectados del procedimiento perjudicial denominado “Cambio de Modalidad de Pago”. Un acto que junto al denominado “Perdón al Director” viola las disposiciones transitorias de la Ley Orgánica de Educación y el Reglamento al Ejercicio de la Profesión Docente

Esto es motivo suficiente para sancionar aquellos funcionarios responsables de haber dejado injustamente sin salario a miles de docentes que no estaban incursos en abandono del cargo. La Carta Magna establece que “Toda persona se presume inocente mientras no se pruebe lo contrario”. La impotencia y la frustración embarga a los afectados en donde su reincorporación a la nómina de producirse en la primera quincena de agosto tendría el perjuicio de que posiblemente puedan perder el Bono Vacacional, previsto a pagarse la primera quincena de Julio. Resultaría justo su reconocimiento y pago retroactivo del Bono Vacacional en caso de procesarse el movimiento de reingreso a la nómina en fecha posterior. Violentando una vez más el derecho a una buena calidad de vida.

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