VULNERACIÓN DEL CONTRATO COLECTIVO Y DILATACIÓN A PRIORI

‍La vulneración del II Contrato Colectivo Único y Unitario (2018-2020) del gremio docente y la dilatación de su discusión y posterior firma, luego de su vencimiento hace ya tres años, destacando que han desfilado por dicho contrato al menos 4 ministros venezolanos, incluyendo la actual, incontables reuniones tanto públicas como clandestinas, donde lo único que han hecho algunos de los personeros dirigentes de las 17 federaciones ha sido degradar el contrato colectivo en muchas de sus cláusulas, sin tomar en consideración que, las leyes existen en este país y que se deben cumplir siempre en beneficio del trabajador ¡Sin ningún cambio del panorama prosigue la paralización!

Se violenta la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en muchos de sus artículos, a pesar de que, en el Art. N° 96 se establece que: ”Todos los trabajadores y las trabajadoras del sector público y del privado tienen derecho a la negociación colectiva voluntaria y a celebrar convenciones colectivas de trabajo, sin más requisitos que los que establezca la ley”, sin embargo, no ha sucedido durante este trienio, posponiéndolos con tantas reuniones y vejación hacia el gremio docente. Pero lo más grave de todo este asunto es el quebrantamiento de la Cláusula N° 90 del II-CCUUU (2018-2020) que menciona la vigencia de la convención: “…Las partes acuerdan que la presente Convención Colectiva Única y Unitaria tendrá una duración de dos (2) años a partir de su homologación ante las autoridades del Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, de conformidad con la normativa laboral vigente. Asimismo, se obligan a mantener las condiciones de trabajo contempladas en la misma sin que ninguna de ellas pueda, durante su vigencia modificarse, sustituirse, complementarse o puedan hacerse nuevas peticiones. Queda entendido que las organizaciones sindicales podrán presentar en conjunto un nuevo proyecto de Convención Colectiva Única y Unitaria, dentro de los sesenta (60) días anteriores a  su vencimiento. Los beneficios de esta Convención Colectiva Única y Unitaria continuarán vigentes hasta la homologación de la siguiente, de conformidad con los artículos 434 y 435 de Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras”, claramente dejada de lado y sin ningún tipo de respuesta ante las constantes manifestaciones del gremio docente a nivel nacional y el enfrentamiento de 1 de las 17 federaciones signatarias con el único propósito de que se le cancele a los trabajadores lo que les corresponde por ley.

Ya el gremio está agotado por tanta demagogia, de nada sirve que el Estado tenga una brigada anticorrupción, haya descubierto y destapado la tergiversación de fondos de la nación y tome el control de los ingresos, si mantienen el discurso continuo del “Bloqueo Económico” que solo aplica a los trabajadores públicos y que, aunque se esté amparado en ley, se mantiene paralizada la discusión del contrato colectivo, atestando de “Bonos” al empleado que no tienen incidencia salarial y que cada día la calidad de vida de los venezolanos se mantenga al mínimo requerido, haciendo caso omiso del Art. 91 de la Carta Magna. Es hora de que todos los dirigentes de las 16 federaciones restantes tomen en serio la lucha y el clamor de las bases, relean el contrato, refresquen la constitución y luchen por lo que de verdad vale la pena. De nada sirve tener 17 federaciones del gremio educativo, si cuando se sientan a la mesa no reclaman los derechos contractuales, lo adeudado y mucho menos actúan en Buena Fe y Bienestar para la colectividad.

¡No más demora de la firma del contrato colectivo!

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